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ruthhidalgo

Seminario II.IV semestre de la tarde.

Buen dia a todos

Este dia vamos a trabajar con ese material que no han respondido .Necesito que los grupos se pogan al dia  Contesten en la asignación  para ese dia y en su sección

Les recomende que nuestro próximo encuentro los grupos traigan material de apoyo ,mapas conceptuales, mentales ,proyecciónes en videos, tripticos,refrigerio por grupos para compatir .

El tema :hablaremos de Simón Bólivar ,la constitución ,su origen, ética del profesional .

Hoy ponte al dia el tema es super especial . 

1 comentario

ANONIMO -

LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIBARIANA DE VENEZUELA.
ORIGEN
Venezuela desde su independencia en 1811 ha tenido formalmente 25 constituciones, así constituyéndonos como pueblo independencia es nuestra voluntad y decisión política; y así original como pueblo, el manifiesto aun que la independencia fuera realidad y como tal decisión el fundamento de todas las otras constituciones que la presuponen al acta de independencia del 5 de julio del 1811, como base de toda su normativa por ello y dependiendo de todo punto de vista, no hemos tenido más de 7 o 8 constituciones, si toman en cuenta la primera, no obstante su corta vigencia real, pensando en aquellos que han significado una estructura constitucional con real eficacia, ya por su duración 10 años o más de vigencia ( las de 1830-1864-1881 y 1961) ya que aunque con ellas la vigencia no era menor ni fueron un simple disfraz para la hegemonía de algún caudillo o dictador ( las de 1811-1936y 1947) ya por ello significa una concepción constitucional importante de un rompimiento con la que sustituyeron en el (1811-1830-1858-1864-1947y 1961) las demas constituciones de una forma u otra, son meras de enmiendas de las que existieran en ese momento para acomodar a caprichos del mandatario de turno y a necesidades políticas pasajeras. Venezuela como la inmensa mayoría de los países ha tenido no la evolución de una constitución, sino la evolución de una vida política o de una experiencia de vida constitucional. Dentro de ella se refleja un texto constitucional para el diverso, apenas si la constuticion vigente de 1961 empieza a tener una pequeña evolución orgánica propia; en que la misma constitución por la vida jurídica y política es la esencia económica social del país. Que se expande, se retrae y aclara su flexibilización, o se hace rígida y comienza así una revolución constitucional a partir de un mismo texto constitucional y no por catástrofes constitucionales como ha sido nuestra historia.

TRANSFORMACION
Constitución de 1811: sancionada en caracas el 21 de diciembre de 1811.
•A) Rasgos fundamentales: 1- establece como forma de estado la federación, la cual llama conferencia, es evidente la influencia del modelo norteamericano, único vigente para la época y con inmensos prestigio por su éxito.
2- acoge la separación de poderes con un poder legislativo bicameral: cámara del representante y cámara del senado.
3- el poder ejecutivo es colectivo, ejercido por tres persona, única vez en la historia.
Constitución de 1819-1821: sancionada respectivamente la primera por el congreso de angostura ( hoy ciudad bolívar) 11de agosto de 1819 y la segunda por el congreso general de Colombia, en Cúcuta el 30de agosto de 1821 y fue promulgada por el presidente Simón Bolívar el 6de octubre de 1821.
• A) la constitución de1811 tuvo la corta vigencia, pues desapareció con la caída de la primera republica de 1812 de hay hasta el congreso de angostura en 1819 las necesidades de la guerra hicieron imposible la vida constitucional como no fueron los poderes militares transitorio y de de hecho que aquella imponía. La constitución de angostura se rige 2 años presentes como rasgos fundamentales trascendentes para el futuro constitucional de Venezuela la idea del estado centralista y la repulsa al estado federal y su organización, reflejando en esto el pensamiento del libertador expresado en el manifiesto de Cartagena (1812) y en la carta de Jamaica (1815) y en su discurso inaugural ante el congreso de angostura.
• B) La constitución de 1821 es la constitución de la gran Colombia, sancionada el 17 de diciembre de 1819, después de la batalla de Boyacá. La constitución de la gran Colombia aparte de su importancia política de querer plasmar el gran proyecto integracionista del libertador, revela igualmente como para Venezuela hizo la constitución de 1819.

CONSTITUCION DE 1830: sancionada por el congreso constitucional en valencia el 22 de septiembre de 1830 y promulgada por el presidente José Antonio Páez el 24 del mismo mes y año. Es una de las constituciones más importante que tiene Venezuela por su vigencia de 27 años. Sus características principales son las siguientes, 1) en cuanto a la forma de estado establece un sistema que se ha llamado centro-federal. 2) el sistema electoral continuo siendo indirecto y censitario. 3) se mantuvo todo la historia constitucional del país la división de poderes, con un sistema presidencialista, pero prohibido la reelección inmediata del presidente de la republica. 4) la materia de derecho individual continúa la tendencia ya expresada en la constitución de 1811 y resume estos en la libertad civil, la seguridad individual, la propiedad y la igualdad.
CONSTITUCION DE 1857: sancionada por el congreso el 16 de abril de 1857 y promulgada por el presidente José Tadeo Monagas el 18 del mismo mes y año. Su adjetivo político circunstancial era el de permitir la reelección inmediata y satisfacer así sus aspiraciones. 2) abolió la pena de muerte por delito políticos; 3) eleva a rango constitucional la abolición de la esclavitud, que había sido decretada por ley en 1854, bajo la presidencia del general José Gregorio Monagas.
CONSTITUCION DE 1858: sancionada por la convención nacional en valencia el 24 de diciembre de 1858 y promulgada por el jefe provisional del estado, general Julián castro, el 31 del mismo mes y año. 1) amplia la autonomía de las provincias, estableciendo la elección directa de los gobernadores; 2) establece el sufragio universal y directo para presidentes de la republica y para diputados; 3) para la elección de senadores mantiene el sistema indirecto pues lo hacen las legislatura provinciales y se exige en los candidatos la condición de propietarios, rentistas, o ejercer una actividad económica o un empleo que produzca unos determinados ingresos.
CONSTITUCION DE 1864: Sancionada por la asamblea constitucional en caracas el 28 de marzo de 1864 y promulgada en santa Ana de coro por el general en jefe y presidente de la republica, Juan Crisóstomo falcón el 13 de abril de 1864 y refrendada por los ministro en caracas el 22 del mismo mes y año, su vigencia es de apenas 10 años sus característica fundamentales son las siguientes: 1) aumenta la autonomía de las provincias que reciben además el nombre de estado y con ellos el de la republica que viene a llamarse estados unidos de Venezuela que dura hasta la constitucional de 1953. 2) crea un tribunal supremo de la federación, denominada alta corte federal, que venía a ser un tribunal especial para los asuntos en que fuese parte de la nación como demandada, estuviere envuelta la responsabilidad de los ministro del despacho o del alto funcionamiento del os estados federales. 3) en materia de derecho fueron abolidazas la pena de muerte y la pena de expulsión y se amplió la libre expresión del pensamiento. 4) en materia electoral se mantiene en línea general el sistema ya descrito con la referencia a la constitución de 1858.
CONSTITUCION DE 1874: sanción en caracas del 23 de mayo de 1874 y promulgada por el presidente, Antonio guzmán blanco el 27 del mismo mes y año.
CONSTITUCION DE 1881: sancionada en caracas por el congreso de los estados unidos de Venezuela el 4 de abril de 1881 y promulgado por el presidente Antonio guzmán blanco el 27 del mismo mes y año.
CONSTITUCION DE 1891: sancionada por el congreso de los estados unidos de Venezuela en caracas, el 9 de abril de 1891, y promulgada por el presidente Raimundo Anduela palacio el 16 del mismo mes y año. Su objetivo fue prolongar el periodo constitucional a 4 años.
CONSTITUCION DE 1893: sancionada en caracas el 12 de junio de 1893 por la asamblea nacional constitucional y promulgada por el presidente Joaquín crespo el día 21. esta constitución en cierta forma es una mezcla de la constitución de 1864 con las que le siguen, pues vuelve el periodo constitucional de 4 años, continua el proceso de centralización del año 1881 y mantiene a la corte de casación, establece el control de la constitucionalidad de las leyes y otros actos del poder público nacional o " estatal" ( de los estados federales).
CONSTITUCION DE 1901-1904: sancionada la primera por la asamblea nacional constituyente en caracas el 26 de marzo de 1901 y promulgado por el presidente Cipriano castro, el 29 del mismo mes y año, y la segunda por el congreso constituyente de los estados unido de Venezuela, en caracas el 27 de abril de 1904 y promulgada el mismo día por el presidente Cipriano castro; son las constituciones del castrismo, no contiene ningún cambio fundamental con respecto a las anteriores.
CONSTITUCION DEL GOMECISMO (1909-1931)
CONSTITUCION DE 1909: sancionada por acuerdo del congreso de los estados unidos de Venezuela, adoptado en caracas el 4 de agosto de 1909 y promulgado al siguientes día por el presidente Juan Vicente Gómez.
CONSTITUCION DE 1922: sancionada en caracas por el congreso de los estados unidos de Venezuela el 19 de junio de 1922 y promulgada al día siguiente por el presidente provisional Victorino Márquez bustillos.
CONSTITUCION DE 1925: Sancionada por el congreso de los estados unidos de Venezuela en caracas el 24 junio de 1925 y promulgada el 1 de julio del mismo año por el presidente de Juan Vicente Gómez.
CONSTITUCION DE 1928: sancionada por el congreso de los estados unidos de Venezuela el 22 de mayo de 1928 y promulgada el siguiente día por el general Juan Vicente Gómez.
CONSTITUCION DE 1929: sancionada `por el congreso de los estados unidos de Venezuela en caracas, el 29 de mayo de 1929 y promulgada el mismo día por el presidente Juan bautista Pérez.
CONSTITUCION DE 1931: sancionada en caracas por el congreso de los estados unidos de Venezuela, el 7 de julio de 1931 y promulgada por el presidente encargado Pedro Intriago chacin el día 9.
La constitución de 1914 había elevado el periodo constitucional que tradicional mente había sido de 4 años, posiblemente en imitación del modelo americano, a 7 años.
CONSTITUCION DE 1936-1945: la primera sancionada por el congreso de los estados unidos de Venezuela en caracas el 16 de julio de 1936 y promulgada por el presidente de la republica, general Eleazar López contreras, el 20 del mismo mes y año y la segunda, una reforma de aquellas, sanciones por el congreso de los estados unidos de Venezuela el 23 de abril de 1945 y promulgada por el presidente de la republica. General Isaías medina engarita, el 5 de mayo del mismo año. Jurídicamente la constitución de 1936 y su reforma de 1945 no significan un cambio importante respecto a las anteriores, sin embargo, representan un verdadero salto cualitativo. Pues se puede decir que se paz de un sistema de constituciones de papel, sobre todo en lo que refiere a los derechos individuales, incluidos los políticos, hasta eses momento prácticamente inexistente, a unos que progresivamente se van afirmando y haciendo realidad la eliminación de las tortura y de las prisiones sin juicio, el respeto a la persona y a su dignidad, el reconocimiento de las asociaciones políticas de oposición o disidentes, la tolerancia frente a la libre expresión del pensamiento.
CONSTITUCION DE 1953: Sancionada por la asamblea nacional constituyente en caracas el 11 de abril de 1953 y promulgada por el presidente marco Pérez Jiménez, el día 15 como constitución es un regreso a la constitución de 1936, pero manteniendo el sistema electoral de la constitución de 1947: sus disposiciones transitorias hicieron nugatorias, por lo menos durante los años de las dictaduras de 1953, a principio de 1958, la declaración de derechos contenida en su articulado, fue una constitución para la dictadura y sobrevivió a esta 3 años porque precisamente, se prestaba para resolver los problemas políticos complejos que se presentaron a la caída de aquellas. Cambio el nombre del estado, estados unidos de Venezuela al de republica de Venezuela, reconociendo así la efectividad desaparición de la forma de estado federal en Venezuela.
CONSTITUCION DE 1961: sancionada por el congreso de la republica, en caracas el 23 de enero de 1961 y promulgada ese mismo día por el presidente Rómulo Betancourt, la constitución ha sido enmendada 2 veces: la enmienda 1) sancionada por el congreso de la republica el 9 de mayo de 1973 y promulgada por el presidente Rafael caldera, el 11 del mismo mes y año; y la enmienda 2) sancionada por el congreso el 16 de marzo de 1983 y promulgada por el presidente Luis herrera campins el mismo día G.P.M.
ENMIENDAS
ENMIENDA 1 Y 2 DE LA CONSTITUCION
ENMIENDA 1: Estableció una causal de inelegibilidad, para presidente de la república senadores y diputados al congreso nacional y para magistrados de la corte supremo de justicia, a quienes habían sido condenados a pena de presidio o prisión superior a 3 años `por delito cometido en el desempeño de funciones públicas o con ocasión de estas. Esta enmienda fue presentada y aprobada por circunstancia políticas del momento.
ENMIENDA 2: Estrictamente hablando no es una sola enmienda varias en una, pues contiene varios artículos que modifican no una sola materia sino varias, A) el sistema electoral, para permitir en las elecciones municipales sistema distintos a los de representación proporcional de las minorías. B) el sistema nacional de jubilación para permitir en una ley orgánica la regulación de las jubilaciones a todos los niveles, nacional, estatal y municipal, de la administración central y de la descentralización. C) la modificación del proceso de discusión de las leyes en las cámaras, para ciertos y determinados casos. El objetivo de la enmienda es de acelerar y facilitar el proceso legislativo por lo que respecta a ciertas leyes, especialmente las muy complejas como los códigos y técnicas. D) la reducción de quórum para sesionar las cámaras y facilitar así sus reuniones. E) el proceso de planificación nacional al establecer la obligación del ejecutivo de presentar al congreso para su aprobación, al inicio de cada periodo constitucional, las líneas generales del plan del desarrollo económico y social de la nación, y F) por último el cambio de fecha del inicio del periodo constitucional, que paso del 2 de marzo al 23 de enero con el objeto de reducir el plazo entre la fecha de las elecciones y la toma de posesión de las autoridades electa.
CODIGO DE ETICA PROFESIONAL
El código de ética es el conjunto de principio y normas fundamentales que guían el deber y la normalidad que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio de su profesión y en acto conexos con las mismas. El código de ética de los profesionales miembros del colegio de ingenieros de la republica bolivariana de Venezuela fue modificado por la asamblea nacional de representantes el 19/06/96. las modificaciones se refieren al artículo décimo tercero y décimo séptimo y la adición de 4 artículos mas. El articulo décimo que se refiere a invitar o concurrir a licitaciones de estudios se le agrego; o intentar atribuir injustificadamente la comisión de errores profesionales, a otros colegas. Al décimo séptimo, referente a proteger la venezolanidad de la ingeniería se le agrego o empresas extranjeras para incluir la mala práctica de contratar con esta, sin comprobar la capacidad venezolana para realizar estudios de proyectos, construcción, inspección y supervisión de obras. Los artículos añadidos se refieren a respetar la autoría de estudios y proyectos (XVIII) a velar por el secreto profesional (XIX) y al cumplir las normas de actuación gremial del CIV, que están en revisión. Con estas adiciones y modificaciones se esperaba actualizar estas imprescindibles normas de conducta gremial que contribuya a responder ante la sociedad con un ejercicio profesional impecable y en comportamiento legal y digno. Este documento fue suscrito por el Ing. Manuel torres parras, presidentes de la asamblea nacional de representante del CIV/1996.
Es parte de la ética y moral de los profesionales de carácter público y, como tal estar integrado teniendo como fines integrados; servir como guardián del interés público y actuar como asesor del estado, fomentar el proceso de la ciencia y de la técnica, velar por los intereses generales de las profesiones que agrupan en su seno, no podrán desarrollar actividades políticas partidistas o religiosa.
La ética consiste en la determinación de los estudios de aprendizaje como lo es la holística. En los diferentes aspecto de un proyecto y de ejecución de construcción, inhalaciones y trabajos, la participación de los profesionales debe quedar claramente determinada a los efectos de delimitar su responsabilidad, ya que esto deben ser designados y están obligados por ética y ley el discutir los asuntos técnicos ante las oficinas de la administración publica encargada de otorgar permisos de construcción y durante el tiempo de ejecución de una construcción, instalación o trabajo.
ARTÍCULO 41.las normas de este Código de Ética sólo podrán ser modificadas por la Asamblea Nacional de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
ARTÍCULO 42. El presente Código de Ética ha sido aprobado por la IX Asamblea Nacional, celebrada en la ciudad de Porlamar, Nueva Esparta, del 21 al 24 de Septiembre de 1989 y sancionado por la XI Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Maturín, Estado Monagas, del 22 al 25 de Septiembre de 1993 y su última modificación por la Asamblea Nacional Extraordinaria celebrada en la ciudad de Caracas, Distrito Federal, del 23 al 24 de Febrero de 1996.Entrará en vigencia a partir de su publicación a través de un diario de circulación nacional. Por consiguiente, queda derogado el Código de Ética aprobado en la VI Asamblea Nacional celebrada en la ciudad de Caracas, Distrito Federal, del 22 al 24 de Septiembre de 1983. Los Colegios y Delegaciones miembros de la Federación quedan obligados a dar publicidad, divulgar y hacer cumplir el presente Código de Ética Profesional.
LUIS QUIÑONES UNEFAB-AMAZONAS
CI.V-20.720.220 (IV SEMESTRE DE ING. CIVIL SECCION “B”)
IRACEMA MORENO
CI.V-18.051.913
JOBER SOTO
CI.V-19.580.394
NEIDA MARTINEZ
CI.V-16.766.041